Ir al contenido principal

FALDAS, A LA IZQUIERDA; PANTALONES, A LA DERECHA

Es evidente que en los últimos años estamos asistiendo a un evidente retroceso de las políticas de igualdad de nuestro país. Tras el impulso, al menos normativo, que vivimos en la VIII Legislatura, los años de crisis y el continuado gobierno del PP se han convertido en la alianza perfecta para frenar los avances en materia de igualdad de género y para consolidar una lógica neoliberal con tan mal casa con los derechos humanos en general y con los de las mujeres en particular. Uno de los ámbitos en los que ha sido más evidente ese paso atrás ha sido el educativo. Recordemos como la LOMCE (https://www.boe.es/buscar/pdf/2013/BOE-A-2013-12886-consolidado.pdf) no solo alteró los presupuestos y objetivos esenciales del sistema sino que también eliminó la tímida pero necesaria “Educación para la ciudadanía” al tiempo que legitimaba los conciertos celebrados con centros en los que se diferenciase por razón de sexo. Una previsión, recurrida por el gobierno andaluz ante el Constitucional y que todavía está pendiente de sentencia, que ahora el Tribunal Supremo ha avalado al reconocer a varios centros andaluces de educación segregada su derecho a obtener financiación pública.

Al entender el Supremo que estamos ante un derecho de los llamados “de configuración legal”, su fallo se ampara en lo previsto por la LOMCE, de la misma manera que en varios pronunciamientos emitidos con anterioridad a la entrada en vigor de dicha ley había sostenido que la educación diferenciada por razón de sexos no podía ser sostenida por fondos públicos. A la espera, pues, de lo que diga el Tribunal Constitucional sobre una cuestión que como todas las que inciden en la igualdad real de mujeres y hombres genera tantas controversias jurídicas y políticas, seguimos pues regidos por una norma que parece retroceder en el tiempo y que olvida todos los esfuerzos de tantos educadores y tantas educadoras por consolidar un sistema en que niños y niñas sean educados en condiciones de igualdad. Un objetivo que por otra parte no hace sino ajustarse al programa ético y político de una democracia que ha de partir necesariamente de la igualdad formal de ambos sexos y que ha de  plantearse como uno de sus principales objetivos conseguir que dicha igualdad no quede en la letra de la ley sino que se traduzca en un modelo social donde mujeres y hombres seamos sujetos equivalentes, tanto en el ejercicio de nuestros derechos como en la asunción de nuestras responsabilidades.

En este sentido, llama la atención la escasa atención que el Supremo, en las diversas ocasiones que ha abordado esta materia, ha prestado a la necesaria perspectiva de género, desconociendo de esta manera los mandatos que la LO 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres establece para todos los poderes del Estado, incluido por supuesto el judicial. Desde esta perspectiva, la clave del debate, que no sé si el Constitucional llegará a asumir como tal, es el entendimiento de la coeducación como parte ineludible de modelo educativo que cabe deducir de la Constitución española. Un modelo que, entiendo, ha de partir de la igualdad de género como parte esencial de lo que podríamos llamar “ideario educativo constitucional”, el cual se deduce además de los tratados internacionales que nos obligan –el más significativo la Convención de eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer de 1979, ratificada por España en 1984  -, de la rotundidad del Derecho Comunitario en esta materia (art. 3.2 Tratado de Amsterdam, art. 8 Tratado de Lisboa) , así como de la consolidada interpretación que de la igualdad entre hombres y mujeres se ha realizado por nuestro Tribunal Constitucional a partir de los artículos 14 y 9.2 CE  . Un compromiso que, además, alcanzó su máxima expresión a través de las obligaciones establecidas por la LO 3/2007, la cual reiteró y amplió las previsiones que sobre esta materia ya contenía la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género. Entre ellas, la integración del principio de igualdad en la interpretación y aplicación de las normas (art. 4) o la asunción de la transversalidad de dicho principio (art. 15), el cual debe ser asumido por todas las Administraciones públicas “de forma activa, en la adopción y ejecución de sus disposiciones normativas, en la definición y presupuestación de políticas públicas en todos los ámbitos y en el desarrollo del conjunto de todas sus actividades”.  De manera más específica, dicha ley obliga a que el principio de igualdad se integre en todas las etapas del sistema educativo (arts. 23, 24 y 25), debiéndose perseguir entre otros objetivos evitar “que, por comportamientos sexistas o por los estereotipos sociales asociados, se produzcan desigualdades entre mujeres y hombres”. De ahí, que como ya tuve ocasión de explicar (http://www.cepc.gob.es/publicaciones/revistas/revistaselectronicas?IDR=6&IDN=1358&IDA=37685) la reforma del art. 84.3 de la Ley Orgánica de Educación, llevada a cabo por la LOMCE no pueda ser sino inconstitucional.

Por lo tanto, la pregunta que deberíamos responder es si, de acuerdo con los objetivos que marca el art. 27.2 CE –“ La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales” - , nuestro sistema público de enseñanza debe asumir como un criterio esencial la igualdad de hombres y mujeres, de forma que ningún comportamiento o práctica discriminatoria – o, lo que es lo mismo, diferenciadora sin un fundamentación racional y objetiva – tenga cabida dentro de él. Si respondemos afirmativamente, es obvio que no estaremos ante una cuestión sometida a la libre disponibilidad del legislador. Ello no supone la prohibición radical de la educación diferenciada, la cual podrá mantenerse como opción privada. Lo que no cabría admitir, por tanto, sería  la existencia de escuelas públicas que diferenciaran por razón del sexo, como tampoco ayudas públicas a centros privados que lo hicieran. Como tampoco sería imaginable que desde lo público se apoyasen propuestas educativas que pudieran suponer en general una flagrante contradicción con los principios constitucionales, muy en especial con el de igualdad y no discriminación por cualquier circunstancia personal o social.

Desde una lógica constitucional es difícil el encaje de la educación segregada por sexos en un sistema que, entre otros objetivos, persigue la conformación de una sociedad en la que la igualdad sustancial de mujeres y hombres “constituye un elemento definidor de la noción de ciudadanía” (STC 12/2008, FJ 5).  Un objetivo que difícilmente podrá alcanzarse si la escuela, que constituye un espacio fundamental para la educación cívica, establece diferenciaciones y no fomenta las relaciones iguales entre chicos y chicas, con la consiguiente superación de roles y estereotipos sexistas. Es decir, y yendo más allá de los discutibles criterios pedagógicos que se esgrimen a favor de la educación diferenciada, lo que no parece tener mucho sentido es educar a niños y a niñas desde unos parámetros que nada tienen que ver con los escenarios sociales en los que tendrán que desarrollarse como individuos y como ciudadanos/as. Por lo tanto, difícilmente la escuela diferenciada puede revertir en el desarrollo pleno de la personalidad de los niños y las niñas que han de convivir bajo un “contrato social” basado en la igualdad de género y en una sociedad en la que todavía hoy es necesario “remover” muchos obstáculos que siguen impidiendo la efectividad de dicho principio.

Sería además absolutamente contradictorio que, por una parte, los poderes públicos adoptaran políticas en dicho sentido y, sin embargo, ampararan en el ámbito educativo la diferenciación por razón de sexos. Es decir, el entendimiento de la igualdad de género como parte del “ideario educativo constitucional” no debería perder de vista que los poderes públicos han de seguir actuando sobre una realidad que sigue arrastrando factores sociales y culturales que ponen trabas a la plena igualdad entre mujeres y hombres. Y que, en consecuencia, el sistema educativo no puede permanecer ajeno a la transformación de una realidad en la que está en juego la calidad de nuestra democracia y, muy especialmente, las condiciones que hacen posible la efectiva garantía de los derechos fundamentales de hombres y mujeres. Un compromiso además avalado constitucionalmente por el art. 9.2 CE y al que trató de responder el objetivo de la “coeducación”, la cual supone un paso más hacia adelante con respecto a la educación mixta, que planteó la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990 (LOGSE).  Es decir, no se trata sólo de que niños y niñas sean educados conjuntamente, sino que la educación que reciban esté apoyada y fomente una serie de valores relacionados con la igualdad de género, que interaccionen entre ellos y ellas para superar los estereotipos y las discriminaciones.

En consecuencia, y como bien apuntó Tomás y Valiente en su voto particular a la STC 5/1981, “todo ideario educativo que coarte o ponga en peligro el desarrollo pleno y libre de la personalidad de los alumnos será nulo por opuesto a la Constitución”. Por lo tanto, la clave del debate no debe situarse en los controvertidos argumentos que desde el punto de vista científico pueden avalar las “bondades” de la educación diferenciada por razón de sexo, sino en la irrenunciabilidad  del modelo coeducativo en función de los objetivos que la escuela debe cumplir con respecto a los que constituirán la futura ciudadanía. Es decir, y aún en el caso de que se llegara al acuerdo entre la comunidad científica de los distintos niveles o ritmos de aprendizaje por parte de los niñas y las niñas, la escuela pública debería en todo caso fomentar los espacios en que unos y otras se interrelacionen, cooperen, compartan similitudes y diferencias y, en definitiva, se formen para ser sujetos activos en una sociedad que se articula, entre otros principios, sobre la igualdad de género. Y en la que, insisto, unos y otras van a convivir y en la que, por ejemplo, van a tener que desarrollar estrategias de cooperación, gestión pacífica de conflictos o de construcción igualitaria de relaciones afectivas y sexuales.

A estas alturas, todas y todos, incluidos los magistrados del Supremo, deberíamos tener claro que la igualdad de hombres y mujeres representa una de las esencias de la democracia y, por tanto, la escuela sostenida con fondos públicos debe favorecerlo y transmitir al alumnado no sólo conocimientos teóricos sino también la vivencia, yo diría que hasta emocional, de lo que la igualdad representa desde el punto de vista individual y colectivo. Si no partimos de este principio irrenunciable, corremos el riesgo de que la igualdad de género siga entendiéndose más como una opción ideológica que como un principio constitutivo de los sistemas constitucionales. En consecuencia, que siga estando sujeta a la voluntad política de un legislador que, como lamentablemente hemos comprobado en las últimas tres décadas, ha convertido el sistema educativo en el espacio ideal para la confrontación entre adversarios y en un ámbito más en el que olvidar la centralidad de la igualdad de género en las políticas de un sistema que merezca el calificativo de democrático. Olvidándose, como bien apunta el profesor Miguel Presno (https://presnolinera.wordpress.com/2012/08/24/sobre-la-educacion-diferenciada-por-sexos-somos-iguales-estando-separados/) , que no podemos ser iguales estando separados porque la igualdad, la real, la única, la que nos permite ser autónomas y autónomos, solo tiene sentido político y ético en el contexto necesariamente relacional que implica la vida en democracia.

Publicado en BLOG MUJERES, EL PAÍS, 30 de mayo de 2017:
http://elpais.com/elpais/2017/05/29/mujeres/1496057843_886065.html

Comentarios

Entradas populares de este blog

YO, LA PEOR DEL MUNDO

"Aquí arriba se ha de anotar el día de mi muerte, mes y año. Suplico, por amor de Dios y de su Purísima Madre, a mis amadas hermanas las religiosas que son y en lo adelante fuesen, me encomienden a Dios, que he sido y soy la peor que ha habido. A todas pido perdón por amor de Dios y de su Madre. Yo, la peor del mundo: Juana Inés de la Cruz". Mi interés por Juana Inés de la Cruz se despertó el 28 de agosto de 2004 cuando en el Museo Nacional de Colombia, en la ciudad de Bogotá, me deslumbró una exposición titulada "Monjas coronadas" en la que se narraba la vida  y costumbres de los conventos durante la época colonial. He seguido su rastro durante años hasta que al fin durante varias semanas he descubierto las miles de piezas de su puzzle en Las trampas de la fe de Octavio Paz. Una afirmación de éste, casi al final del libro, resume a la perfección el principal dilema que sufrió la escritora y pensadora del XVII: " Sor Juana había convertido la inferioridad

EL ÁNGEL DE AURORA Y ELENA

  El dolor siempre pasa por el cuerpo. Y la tristeza. También el goce, los placeres, la humillación. Somos cuerpo atravesado por las emociones. Los huesos y la piel expresan los quiebros que nos da la vida. Esta acaba siendo una sucesión de heridas, imperceptibles a veces, que nos dan nombre. Algunas supuran por los siglos de los siglos. Otras, por el contrario, cicatrizan y nos dejan tatuados. Las heridas del amor, de los placeres, de los esfuerzos y de las pérdidas. Estas últimas son las que más nos restan. Como si un bisturí puñetero nos arrancara centímetros de piel.   Sin anestesia. Con la desnudez propia del recién nacido. Con la ligereza apenas perceptible del que se va. No puedo imaginar una herida más grande que la provocada por la muerte de un hijo apenas recién iniciado su vuelo. Por más que el tiempo, y las terapias, y   las drogas, y los soles de verano, hagan su tarea de recomposición. Después de una tragedia tan inmensa, mucho más cuando ha sido el fruto de los caprich

CARTA A MI HIJO EN SU 15 CUMPLEAÑOS

  De aquel día frío de noviembre recuerdo sobre todo las hojas amarillentas del gran árbol que daba justo a la ventana en la que por primera vez vi el sol  reflejándose en tus ojos muy abiertos.   Siempre que paseo por allí miro hacia arriba y siento que justo en ese lugar, con esos colores de otoño, empezamos a escribir el guión que tú y yo seguimos empeñados en ver convertido en una gran película. Nunca nadie me advirtió de la dificultad de la aventura, ni por supuesto nadie me regaló un manual de instrucciones. Tuve que ir equivocándome una y otra vez, desde el primer biberón a la pequeña regañina por los deberes mal hechos, desde mi torpeza al peinar tu flequillo a mis dudas cuando no me reconozco como padre autoritario. Desde aquel 27 de noviembre, que siento tan cerca como el olor que desde aquel día impregnó toda nuestra casa, no he dejado de aprender, de escribir borradores y de romperlos luego en mil pedazos, de empezar de cero cada vez que la vida nos ponía frente a un n